R E C E P C I O N

Bienvenida/o estimado lector.

Es nuestro anhelo ofrecerle aquí, las alternativas y/o remedios jurídicos para los temas cotidianos de todos los días. Esos temas tan comunes y desarpecibidos, que hacen a una Sociedad mas organizada y en busca de una justicia social.



Derecho Comunitario

lunes, 18 de junio de 2012

Vitaminas para OSC - Legales

Capacitación gratuita sobre situación jurídica y registral ante la IGJ, para Organizaciones de la Sociedad Civil - OSC




Buenos Aires, junio 2012.- En su ciclo de fortalecimiento institucional 2011/2012, Vitaminas para Organizaciones  de la Sociedad Civil (OSC), programa que capacita gratuitamente a líderes, coordinadores y miembros de organizaciones sociales para una mejor dirección y administración de las entidades, invita al sexto y último  encuentro educativo de ASPECTOS LEGALES. Exponen Dres. Luis Tozzo (Inspector de la Inspección Gral de Justicia - IGJ y Docente Universitario) y Lucas Andrés Orlando (Abogado especialista en Organizaciones Sociales).-

En esta edición especial, la Asociación Cristiana de Jóvenes – YMCA, con el auspicio de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión  de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) del Gobierno de la Ciudad de Bs. As., promueven la inclusión total de los participantes y convoca a que más Organizaciones trabajen en la promoción de derechos y obligaciones de personas con discapacidad.-

El presente encuentro será el próximo Jueves 28 de Junio de 18.30 hs. a 20.30 hs, en la sede de YMCA, sito en la calle Reconquista 439, Piso 4to. Ciudad de Bs. As. Se requiere inscribirse previamente y las vacantes son limitadas. Se abordará entre otros  contenidos, recientes disposiciones de la IGJ, remedios jurídicos para regularizar tramitaciones adeudadas de la OSC, estructura jurídica y administrativa de la OSC y demás consejos legales prácticos. Tales temas son perfilados para la figuras de Asociaciones Civiles y/o Fundaciones ya constituidas.-

Para cualquier duda o consulta e inscripción:   ymca@ymca.org.ar  

domingo, 10 de junio de 2012

Nueva línea de télefono Salud

UTILIDADES DEL SISTEMA TELEFÓNICO 0-800 del Ministerio de Salud de la Nación"
La información es un recurso vital en nuestras vidas y en nuestra salud

El Ministerio de Salud de la Nación implementa una serie de instrumentos de comunicación cuya finalidad es acercar información general sobre temas de salud priorita...rios y sobre programas y prestaciones de Salud al ciudadano, en el marco del derecho a la información como facilitador para el acceso a la salud de la población. Los 0800 brindan información, asesoramiento, contención, y se ofrecen opciones de derivación según cada consulta.
Estas líneas telefónicas del Ministerio de Salud de la Nación ofrecen la posibilidad a todos y en especial a los agentes de las ONG´s de realizar consultas gratuitas desde todo el país referidas a temas de salud,
programas, prestaciones de obras sociales y prepagas, información sobre medicamentos, alimentos, suplementos dietarios, cosméticos y otros, y donación de órganos, entre otros temas.

El seminario _"UTILIDADES DEL SISTEMA TELEFÓNICO 0-800" _se realizará el día 13 de junio de 13.30 a 18 horas en la Confederación Farmacéutica Argentina, Avda. Pte. Julio A. Roca 751, 2º Piso CABA.
Esta destinado a Directivos, Profesionales, Estudiantes, Técnicos, Voluntarios, Responsables de Comunicación de Organizaciones Sin Fines de Lucro, Funcionarios y en general a todo el público.
Debido a la capacidad limitada y por tratarse de una actividad gratuita se requiere inscripción previa. Se entregarán certificados de asistencia. Informes e inscripciones en: Comisión Nacional de ONG´s
Te. 011 4379 9104, mail participacion@msal.gov.ar

PROGRAMA
13. 30 Acreditaciones.

14.00 Sistemas de Información para la Ciudadanía. Dr. Jaime Lazovski, Lic. Valeria Zapesochny,
Cra. Mónica Carles - Ministerio de Salud de la Nación

14.30 0-800 222 SALUD (72583) SUPERINTENDENCIA SERVICIOS DE SALUD - Lic. Bunster Adriana 0-800 333 1234 ANMAT RESPONDE - Farm. Griselda Llanello 0-800 555 4628 INCUCAI - Lic. Walter Espinosa

15.45 Café

16:00 SISTEMA UNICO DE ATENCION TELEFONICA EN SALUD – S.U.A.T.S La información como facilitador para el acceso a la salud  Temas de salud que atiende Funcionamiento y alcances
Lic. Dolores Fenoy.

17.15 Preguntas - Cra. Mónica Carles Comisión de ONG del Ministerio de Salud de la Nación

17.30 Cierre

Actividad no arancelada. Se requiere inscripción previa

miércoles, 11 de abril de 2012

Capacitaciòn Gratuita - OSC / ONG

Capacitación gratuita sobre Planificación Estratégica para Organizaciones de la Sociedad Civil - OSC


Buenos Aires, abril 2012.- En su ciclo de fortalecimiento institucional 2011/2012, Vitaminas para Organizaciones  de la Sociedad Civil (OSC), programa que capacita gratuitamente a líderes, coordinadores y miembros de organizaciones sociales para una mejor dirección y administración de las entidades, invita al cuarto encuentro educativo de PLANIFICACION ESTRATEGICA. Expone Arq. Raúl Beati. ( Project Manager de Bovis Lend Lease SA de Arg. y Docente de Carrera de Grado y Posgrado de la UBA), coordina la actividad Ab. Lucas Andrés Orlando.

En esta edición especial, la Asociación Cristiana de Jóvenes – YMCA, con el auspicio de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión  de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) del Gobierno de la Ciudad de Bs. As., promueven la inclusión total de los participantes y convoca a que más Organizaciones trabajen en la promoción de derechos y obligaciones de personas con discapacidad.

El presente encuentro será el próximo Jueves 26 de Abril de 18.30 hs. a 20.30 hs, en la sede de YMCA, sito en la calle Reconquista 439, Piso 4to. Ciudad de Bs. As. Se requiere inscribirse previamente y las vacantes son limitadas. Se abordará entre otros  contenidos gestión de proyectos y metodología de gestión estratégica, adecuada para las ONG / OSC. 

Para cualquier duda o consulta e inscripción:   ymca@ymca.org.ar

sábado, 7 de abril de 2012

Las consecuencias del temporal en el Oeste del conurbano bonaerense. Reflexión y accionar

Las consecuencias del temporal en el Oeste del conurbano bonaerense. Reflexión y accionar.
Adjunto un video bien resumido:
http://www.youtube.com/watch?v=RCz_e6_E6ho&feature=related

Conclusiones: estas clases de tormentas ya no son sorpresivas en estos tiempos, con sòlo trasladarnos unos años atràs, tenemos varios ejemplos que han sucedido en distintas zonas urbanas de Bs. As., citando uno de ellos, el famoso tornado doble sobre el Río de la Plata  a la altura de Olivos u otro, cuando el 25.07.2011 Bs As a las 12 hs del mediodía se hizo de noche. Y yendo un poco más lejos, en el interior del paìs, la madre naturaleza va mostrando su lado oscuro.

Ahora bien la comunidad se encuentra preparada para sostener y aguantar una tormenta de estas carecterìsticas. Tenemos en claro que es lo que se debe hacer y no entrar a la desesperación en el momento llamando a nuestros seres queridos y asimismo cuando los sistemas de antenas colapsan y no hay servicio de telefonìa y demás comunicaciones.   Como citando sólo un ejemplo.

Y por el lado de la prestadora de servicios (sea empresas, el estado o cooperativas) estàn preparadas para regularizar el servicio, no para un fin particular (que igual corresponde su urgencia) sino a los fines del servicio de ayuda en la misma Emergencia.

No fue de mi agrado ver la represión por las fuerzas de seguridad contra las víctimas del temporal en Merlo.
No fue de mi agrado, ver como los autos aceleran y suben a las veredas, al resguardo sin observar que otro peligro pueden desencadenar. O los que transitan por autopistas y se aglomeraron uno al lado de otro, bajo un puente, sin ser visto por los otros que vienen atrás conduciendo en plena autopista.

No fue de mi agrado ver como distintas obras en construcción nos resguardan sus materiales ante cualquier amenaza de tormenta o cambio de clima.

No fue de mi agrado de las distintas prestadoras de servicios, anuncie su demora de reposición por 10 dìas. Reitero 10 dìas !!!!!!!!!!!!

No fue de mi agrado oír por noticieros 17 muertes y en la realidad siguen sumando.

Vayamos a la propuesta de soluciones, ante las críticas constructivas.

Necesitamos el compromiso de todos y solidarios hasta con lo mas anónimos, de prestar la ayuda al día después. Las ONG u mejor las OSC (Organismos de la Sociedad Civil) son una herramienta importante en estas acciones para canalizar la ayuda y clasificarla.

Necesitamos que el Estado a través de sus organismos Sociales y de Emergencias, como la Defensa Civil concienticen a la ciudadanìa en tomar las previsiones y que hacer en el durante y el día después.

Necesitamos de las prestadoras de servicios, sin importar sus banderas, que comuniquen que hacer en ciertas ocasiones.

De mi parte y en lo personal, ya presto mi colaboraciòn en ello, en lo Institucional, desde la Fundación EASPA (Escuela de Socorrismo y Primeros Auxilios) ya estamos trabajando en ello, para que entre todos, sin importar su condición social y capacidad, genero, juntos podamos estar mejor. Porque al fin y al cabo los que vivimos en estas tierras, somos nosotros mismos.
Y en otro sentido, las CASTATROFES no avisan, estemos preparados.

Lucas Orlando

jueves, 9 de febrero de 2012

Obligación de contar con Desfibriladores en la Ciudad de Bs. As.

El pasado 07.02.2012, se publicò en el Boletín Oficial porteño, la Ley 4.077 donde se instituye la obligatoriedad de contar con un desfibrilador externo automático en lugares de concurrencia masiva y personal capacitado para la realizaciòn de las maniobras de RCP.

A continuación el texto de la norma:

Ley 4077 - Se instituye la obligatoriedad de contar con un desfibrilador externo automático en lugares de concurrencia masiva
Buenos Aires, 1º de diciembre de 2011
Publicación en el B.O.: 07/02/2012
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
Obligatoriedad de contar con un desfibrilador externo automático (DEA) en lugares de concurrencia masiva
Artículo 1°.- lnstitúyese, con carácter obligatorio, la adquisición, puesta en funcionamiento y mantenimiento para la correcta utilización de un Desfibrilador Externo Automático (DEA), en los lugares públicos y privados de concurrencia masiva o de alto riesgo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2º.- Las obligaciones establecidas en la presente Ley estarán a cargo del propietario, locatario o administrador del lugar, según el caso.
Art. 3°.- Los establecimientos comprendidos por esta Ley deberán contar, en todo momento de actividad o permanencia de personas, con personal capacitado técnicamente para el uso de DEA, y promover el entrenamiento y capacitación de sus agentes en técnicas de resucitación cardiopulmonar (RCP) básica, de conformidad con la Ley 3665.
Art.4°.- La Autoridad de Aplicación deberá:
a.- Determinar los parámetros de concurrencia masiva y de alto riesgo en los términos de la presente Ley.
b.- Establecer un cronograma para la progresiva implementación en los ámbitos alcanzados por la Ley, comenzando por los de mayor concurrencia.
c.- Determinar la capacitación exigida en los términos del artículo 3°.
d.- Realizar la promoción y difusión de la presente Ley.
e.- Suscribir convenios con aquellas instituciones que realicen capacitación al personal y miembros de la comunidad de acuerdo a los parámetros exigidos.
f.- Establecer cualquier otra disposición que colabore con la mejor implementación de la Ley.
Art. 5°.- El incumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente será sancionado progresivamente con penas de:
a) Apercibimiento.
b) Suspensión del establecimiento de concurrencia masiva.
c) Clausura.
Art. 6°.- El Poder Ejecutivo determina la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
Art. 7°.- El gasto que demande la aplicación de la presente se imputará a la partida presupuestaria correspondiente.
CLAUSULA TRANSITORIA: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en el plazo máximo de ciento ochenta (180) días.
Art. 8°.- Comuníquese, etc.
Fdo.: Moscariello - Perez
 A continuación la Ley 3.665:
Buenos Aires, 13 de diciembre de 2010.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto reconocer la actividad voluntaria del socorrista dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- Definición. Se define como Socorrista a todo aquel que voluntariamente actúe ante una situación de emergencia, contando con la capacitación para aplicar primeros auxilios, con el conocimiento de técnicas y maniobras básicas de reanimación cardiopulmonar (RCP) y la forma de comportarse en situaciones de desastre.
Artículo 3º.- Registro. Créase el Registro gratuito de Socorrismo en el ámbito del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde deberán inscribirse todos los socorristas que acrediten haber realizado el curso de entrenamiento para socorristas en establecimientos públicos o privados reconocidos oficialmente.
Artículo 4º.- Autoridad de aplicación. El Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es la autoridad de aplicación de la presente ley.
Artículo 5º.- Funciones. Son funciones de la Autoridad de Aplicación:
  1. Implementar el registro para la inscripción de las personas que posean acreditación de socorristas otorgadas por Organismo oficial público o privado.
  2. Validar mediante una evaluación teórico-práctica elaborada por el sistema de emergencias de la Ciudad (SAME), el nivel de conocimiento alcanzado por las personas que solicitan ser inscriptas, para constatar que cuentan con la formación integral requerida por la autoridad de aplicación para acceder al registro y desarrollar tareas de socorrismo.
  3. Otorgar las credenciales que permita su reconocimiento en la vía pública o en cualquier espacio donde pueda ser necesario su accionar.
  4. Disponer de una ficha actualizada con los datos de los socorristas para una eventual situación de emergencia.
  5. Poner a disposición de Defensa Civil el registro actualizado, posibilitando la articulación en situaciones de desastre.
  6. Elaborar y dictar de cursos de entrenamiento para Socorristas estableciendo los contenidos mínimos y básicos de la capacitación en materia de socorrismo en coordinación con establecimientos sanitarios, educacionales, sociedades científicas y organizaciones gubernamentales y no gubernamentales de reconocida trayectoria en la temática.
  7. Fomentar el desarrollo de cursos de actualización en Socorrismo siendo referente de todos aquellos institutos que brinden este tipo de formación.
  8. Elaborar material de información teórico-práctica para la capacitación permanente de los inscriptos que beneficien su desempeño.
  9. Estimular en los profesionales del arte de curar y en sectores vinculados a la emergencia, conciencia y espíritu de colaboración y respeto por las acciones que desarrollen los socorristas.
  10. Elaborar normas que articulen el accionar de los socorristas con el sistema de emergencias de la Ciudad (SAME)
Artículo 6º.- Reglamentación. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días a partir de su sanción.
Artículo 7º.- Comuníquese, etc.
OSCAR MOSCARIELLO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 3.665
Sanción: 13/12/2010
Promulgación: De Hecho del 14/01/2011
Publicación: BOCBA N° 3599 del 04/02/2011

miércoles, 30 de noviembre de 2011

Ley de Voluntariado Social

Capacitación gratuita sobre Ley de Voluntariado Social para Organizaciones de la Sociedad Civil
 
 
Buenos Aires, noviembre 2011.- En su ciclo de fortalecimiento institucional 2011/2012, Vitaminas para Organizaciones  de la Sociedad Civil (OSC), programa que capacita gratuitamente a líderes, coordinadores y miembros de organizaciones sociales para una mejor dirección y administración de las entidades, invita al tercer  encuentro educativo de NORMATIVA de VOLUNTARIADO SOCIAL PARA OSC. Expone Ab. Lucas Orlando. (abogado especialista en Organizaciones Sin Fines de Lucro)
 
En esta edición especial, la Asociación Cristiana de Jóvenes – YMCA, con el auspicio de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión  de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) del Gobierno de la Ciudad de Bs. As., promueven la inclusión total de los participantes y convoca a que más Organizaciones trabajen en la promoción de derechos y obligaciones de personas con discapacidad.
 
El presente encuentro será el próximo Jueves 01 de Diciembre de 18.30 hs. a 20.30 hs, en la sede de YMCA, sito en la calle Reconquista 439, Piso 4to. Ciudad de Bs. As. Se requiere inscribirse previamente y las vacantes son limitadas. Completa la ficha que se adjunta y remitila por mail.
 
Si ya participaste de algun encuentro anterior, danos tu nombre y apellido y lo buscaremos en las fichas, asì no serà necesario volver a completar la ficha.
 
Para cualquier duda o consulta e inscripción:   ymca@ymca.org.arhttp://derechocomunitarioparaosc.blogspot.com/2011/11/legislacion-de-voluntariado-social.html

martes, 18 de octubre de 2011

Comunicación Social para ONG / OSC



Capacitación gratuita sobre Comunicación para Organizaciones de la Sociedad Civil






Buenos Aires, octubre 2011.- En su ciclo de fortalecimiento institucional 2011/2012, Vitaminas para Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), programa que capacita gratuitamente a líderes, coordinadores y miembros de organizaciones sociales para una mejor dirección y administración de las entidades, invita al segundo encuentro educativo de COMUNICACIÓN SOCIAL PARA OSC.






Exponen los periodistas Cynthia Palacios (Diario La Nación) y Pablo Gandino (Prensa para ONG), modera el Ab. Lucas Orlando.






En esta edición especial, la Asociación Cristiana de Jóvenes – YMCA, promueve la inclusión total de los participantes y convoca a que más Organizaciones trabajen en la promoción de derechos y obligaciones de personas con discapacidad.






El presente encuentro será el próximo Jueves 03 de Noviembre de 18.30 hs. a 20.30 hs, en la sede de YMCA, sito en la calle Reconquista 439, Piso 4to. Ciudad de Bs. As. Se requiere inscribirse previamente, atento que las vacantes son limitadas.Para cualquier duda o consulta e inscripción: ymca@ymca.org.ar